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La protección civil es un estándar internacional la cual fue adoptada por México un día viernes 2 de febrero del año 1996, a consecuencia de los diversos fenómenos naturales que azotaron al país, por ejemplo la erupción del volcán Chichonal en 1982 y los sismos de 1985.
Esto fue el preámbulo para poder consolidar de forma definitiva la Protección Civil en el territorio mexicano, así mismo, se establecieron la creación de 2 instrumentos para su correcta aplicación y entendimiento, uno de ellos fue la creación de la Ley General de Protección Civil en 1996 y el Reglamento de la Ley General de Protección Civil en 2012.
La cual dispone de las generalidades para el cumplimiento normativo de los manifiestos en materia de seguridad civil y regularidad de los inmuebles, así mismo, de las unidades de auxilio del sector público y privado en caso de desastre.
Documento instrumentando y extraído de la Ley General de Protección Civil, en donde especifica los requisitos indispensables que deben de cumplir los establecimientos para la continuidad de operaciones para la prevención, gestión y mitigación de riesgos que pudieran afectar a la ciudadanía.
Ambos documentos abracan todo el territorio mexicano y trabajan en conjunto con sus dependencias estatales y municipales para reforzar los aspectos que se mencionan con anterioridad para salvaguarda de la población, principalmente, en el tema de la elaboración de los Programas Internos.
Un programa de Protección Civil es un Es un instrumento de planeación y operación, circunscrito al ámbito de una dependencia, entidad, institución u organismo del sector público, privado o social; que se compone por el plan operativo para la Unidad Interna de Protección Civil, el plan para la continuidad de operaciones y el plan de contingencias, y tiene como propósito mitigar los riesgos previamente identificados y definir acciones preventivas y de respuesta para estar en condiciones de atender la eventualidad de alguna emergencia o desastre. (LEY GENERAL DE PROTECCIÓN CIVIL 2012)
Los programas especiales de Protección Civil tendrán como objetivo establecer estrategias y acciones para la Prevención, la atención de necesidades, el Auxilio y la Recuperación de la población expuesta, bajo un marco de coordinación institucional, de conformidad con el Manual de Organización y Operación del Sistema Nacional de Protección Civil y las disposiciones jurídicas aplicables. (REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE PROTECCIÓN CIVIL).
Los requisitos para la elaboración y cumplimiento del Programa Interno de Protección Civil están normados por la Ley General de Protección Civil y el Reglamento de la Ley General de Protección Civil, a continuación se presentan los artículos que legislan este procedimiento:
Artículo 76 del Reglamento de la Ley General de Protección Civil determina que:
El contenido y las especificaciones de los Programas Internos de Protección Civil son los siguientes:
a) Subprograma de Prevención:
b) Subprograma de Auxilio:
c) Subprograma de Recuperación
II Plan de Contingencias:
a) Evaluación Inicial de Riesgo de cada puesto de trabajo.
b) Valoración del Riesgo.
c) Medidas y acciones de Autoprotección.
d) Difusión y socialización.
III. Plan de Continuidad de Operaciones.
a) Fundamento legal.
b) Propósito.
c) Funciones críticas o esenciales.
d) Sedes alternas.
e) Línea de sucesión o cadena de mando.
f) Recursos humanos.
g) Dependencias e interdependencias.
h) Requerimientos mínimos.
i) Interoperabilidad de las comunicaciones.
j) Protección y respaldo de la información y bases de datos.
k) Activación del plan.
B)Especificaciones:
I Constar por escrito.
II Estar redactado y firmado por personal competente, facultado y capacitado para dictaminar sobre aquellos aspectos relacionados con la Prevención y Autoprotección frente a los Riesgos a los que esté sujeta la actividad, y por el titular de la actividad, si es una persona física, o por el representante legal si es una persona moral.
III. Aplicación de un programa anual de auto-verificación, que garantice la inspección y supervisión de su implementación.
a) La eficacia de la organización de respuesta ante una Emergencia.
b) La capacitación del personal adscrito a la organización de respuesta.
c) El entrenamiento de todo el personal de la actividad en la respuesta frente a una Emergencia.
d) La suficiencia e idoneidad de los medios y recursos asignados.
e) La adecuación de los procedimientos de actuación.
VII. Los Simulacros implicarán la activación total o parcial de las acciones contenidas en los procedimientos de Emergencia, planes de contingencia y plan de Continuidad de Operaciones contenidos en el Programa Interno de Protección Civil.
VIII. De las actividades de seguimiento y mejora del Programa Interno de Protección Civil, se conservará la evidencia documental, así como de los informes de evaluación, verificación o inspección realizados, debidamente suscritos por el responsable del Programa Interno de Protección Civil.
Sin embargo, es importante mencionar que el contenido de los Programas Internos podrá ser complementado con algunos elementos que soliciten las dependencias estatales y municipales para reforzar el material dentro del mismo programa.